A partir del 1 de enero de 2024, se amplía la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta en los contratos de alquiler de viviendas que se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que se lleva aplicando desde finales de marzo de 2022. En estos 21 meses, se ha dejado de tomar como referencia al Índice de Precios al Consumo (IPC) para pasarse a la variación del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), con un máximo de aplicación del 2%. Ahora, cuando toque la correspondiente renovación anual del alquiler, propietario e inquilino tendrán que pactar la nueva subida. En ausencia de acuerdo, el incremento no podrá ser superior al 3%.
Este tope a la subida anual en la renovación de contratos de alquiler de viviendas lleva vigente desde finales de marzo de 2022 cuando en plena subida de la inflación a causa del inicio de la guerra en Ucrania, el Gobierno decidió aplicar medidas de contención, como la rebaja en los carburantes, la reducción del IVA en la factura de la luz o la gratuidad o el descuento en los medios de transporte público.
En los sucesivos decretos de junio de 2022 y diciembre de 2022, algunas de estas medidas decayeron o se mantuvieron, entre ellas la del límite en la actualización anual del contrato, que, hasta el 31 de diciembre de 2023, será la de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), con un máximo de aplicación del 2%.
Desde nuestro punto de vista, esta medida y otras que recoge la nueva Ley de la Vivienda ha supuesto una bajada considerable de propiedades en alquiler de vivienda habitual. Los propietarios han visto aumentar el riesgo y la incertidumbre a la hora qde alquilar sus propiedades, por lo que han optado por modificar el formato de alquiler e incluso dejar de alquilar y cambiar sus estrategias de inversión.
La falta de oferta no sólo limita el acceso a los inquilinos a una vivienda sino que al reducirse dicha oferta, la demanda aumenta y se tensiona porque los precios suben. Todo esto endurece los perfiles exigidos por los propietarios, ya que al haber menos viviendas en el mercado y más gente buscándolas se centrarán en los perfiles que les ofrezcan más seguridad jurídica y frente a impagos
Mientras, la oferta de viviendas de alquiler permanente se ha reducido un 12% en el mismo tiempo y sigue cayendo con fuerza en los principales mercados, llegando a reducirse un 26% en Madrid, un 23% en Málaga y un 12% en Barcelona. La Ley de Vivienda ha provocado que el alquiler de temporada crezca con fuerza, convirtiéndose en la opción elegida de muchos propietarios, que han decidido sacar sus viviendas del mercado tradicional, ya que esta opción temporal no se encuentra bajo el paraguas de la Ley de Vivienda.
Los actuales alquileres medios de una vivienda tipo de dos habitaciones colocan la renta media nacional en 775 euros al mes. La subida limitada al 3% a partir de enero, supondrá 23 euros de subida al mes, es decir casi 280 euros más al año, prácticamente lo mismo si lo comparamos con el último dato de la inflación, el IPC adelantado de noviembre alcanzó el 3,2%, apenas 19 euros anuales de diferencia. Frente al actual tope del 2%, la nueva renta actualizada supondrá unos 185 más año, una diferencia de algo más de 90 euros anuales.
Por lo que nosotros conocemos, propietario e inquilino llegan a un acuerdo para renovar el contrato. Un pequeño arrendador prefiere mantener a un buen inquilino, a que se le marche en la situación actual. El mayor problema surge ante el miedo a la falta de pagos y a la ocupación de la vivienda alquilada.
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